Publicadas el 23 de febrero de 2016
Modifícanse los montos de los aranceles que devengarán las tramitaciones que se realicen ante la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica – Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud.
Modifícanse los montos de los aranceles que devengarán las tramitaciones que se realicen ante la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica – Dirección Nacional del Instituto Nacional de Medicamentos.
El arancel para el mantenimiento en el Registro de Especialidades Medicinales Comercializadas correspondiente al año 2015, devengará un monto anual único de PESOS SIETE MIL ($ 7.000.-) por cada certificado, que se hará efectivo por año vencido.
Modifícanse los montos de los aranceles que devengarán las tramitaciones que se realicen ante la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica – Instituto Nacional de Alimentos – correspondientes a productos alimenticios, suplementos dietarios, alimentos para propósitos médicos específicos, establecimientos, envases, importación / exportación, análisis de laboratorio y autenticaciones.
Modifícanse los montos de los aranceles que devengarán las tramitaciones que se realicen ante la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) correspondientes a productos médicos.