Publicadas el Publicadas el 27 de enero de 2014

Disposición 606/2014

Modifícanse los montos de los aranceles que devengarán las tramitaciones que se realicen ante la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica —Dirección de Vigilancia Sanitaria de Productos para la Salud— correspondientes a especialidades medicinales, productos cosméticos, de higiene personal y perfumes, y productos de higiene oral de uso odontológico y de los productos de uso doméstico (domisanitarios), conforme el detalle que, como Anexo, forma parte integrante de la presente disposición.

Novedades

Buenas Prácticas para Elaboradores de Alimentos Libres de Gluten

El documento constituye una herramienta clave para minimizar los riesgos de contaminación cruzada durante el proceso de fabricación de alimentos libres de gluten y garantizar su inocuidad y calidad.

Presentación Declaración Jurada y Pago de Inscripción en el R.E.M.

A partir del 1° de febrero, las empresas titulares de productos inscriptos en el R.E.M. no podrán realizar trámites ante la ANMAT, si no han cumplimentado con la presentación de declaraciones juradas y pago de mantenimiento para las especialidades medicinales comercializadas y no comercializadas correspondientes al año 2012.

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