Posts tagged ‘Sistema de Trazabilidad’

Publicadas el 29 de septiembre de 2016

Disposición 10692/2016

Los laboratorios titulares de registro de especialidades medicinales que utilicen o contengan en sus productos precursores químicos, deberán informar a esta Administración Nacional, con una antelación de 45 días, la fecha y hora en que se llevarán a cabo las actividades de pesaje y de mezclado de las sustancias referidas.

Publicadas el 26 de septiembre de 2016

Circular N° 11/2016

Cumplimiento de exigencia de estudios de bioequivalencia aplicable a nuevas solicitudes de registro y solicitudes de registro en trámite de especialidades medicinales.

Publicadas el 23 de septiembre de 2016

Disposición 10564/2016

El Sistema de Trazabilidad de medicamentos que deberán implementar las personas físicas o jurídicas que intervengan en la cadena de comercialización, distribución y dispensa de especialidades medicinales incluidas en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) de esta Administración Nacional en los términos establecidos en la Resolución del Ministerio de Salud N° 435/11, resultará de aplicación a todas aquellas especialidades, ya registradas o que en el futuro se registren que contengan en su composición los ingredientes farmacéuticos activos (IFA’s) incluidos en el ANEXO I, solos o en asociación (salvo que se indique lo contrario) y en las formas farmacéuticas que allí se detallan.

Publicadas el 21 de septiembre de 2016

Disposición 10401/2016

Apruébase el Régimen de Acceso de Excepción a Medicamentos (RAEM), por medio del cual se establece el procedimiento para ei ingreso desde el exterior de medicamentos destinados al tratamiento de un pac¡ente en particular para el que no exista en el país una alternativa terapéutica adeduada.

Publicadas el 31 de agosto de 2016

Disposición 9660/2016

Déjase sin efecto el sistema de notificación de publicidad dirigida al público en general establecido en el artículo 1° de la Disposición ANMAT N° 6516/15.

Publicadas el 3 de agosto de 2016

Disposición 8418/2016

Incorpórase a la Bioquímica Iliria González Villa Monte (DNI 30.959.829) a la nómina de funcionarios habilitados para suscribir la documentación de comercio exterior a ser presentada ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS – DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS, cuya rúbrica obra en el Anexo I de la presente disposición.

Publicadas el 1 de agosto de 2016

Disposición 8224/2016

Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional, como Anexo de la Disposición ANMAT N° 7292/98, la Resolución MERCOSUR GMC N° 18/10 “REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR PARA PRODUCTOS DESINFECTANTES (PLAGUICIDAS) DOMISANITARIOS”, que se adjunta como anexo y forma parte integrante de la presente disposición.

Disposición 8417/2016

Las drogas y medicamentos oficiales, codificados en la edición vigente de la Farmacopea Argentina y enumerados en el listado que como ANEXO I forma parte integrante de la presente disposición, sólo podrán ser fraccionados, elaborados y comercializados con destino al comercio interjurisdiccional por laboratorios habilitados para tal fin ante esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica.

Novedades

Recomendaciones para la Utilización de Repelentes

Una de las formas más comunes para combatir a los insectos es la aplicación de repelentes. Pero, al hacerlo, deben adoptarse ciertos cuidados para que no se provoquen daños a la salud, sobre todo a aquellos individuos más vulnerables como niños, ancianos o personas con enfermedades respiratorias.

Trazabilidad de Productos Médicos: Recordatorio de Entrada en Vigencia

El Ministerio de Salud, a través de ANMAT, recuerda que el 19 de febrero de 2015 vence indefectiblemente el plazo de implementación del Sistema Nacional de Trazabilidad de Productos Médicos.

Publicadas el 16 de Enero de 2013

Disposición Nº 247/2013

Incorpóranse al Sistema Nacional de Trazabilidad de Medicamentos, a partir del día 15 de junio de 2013, todas aquellas especialidades medicinales que contengan en su composición los ingredientes farmacéuticos activos (IFA’s) incluidos en el ANEXO I que forma parte integrante de la misma, sea como monodroga o en asociación con cualquier otro u otros IFA’s, en todas sus formas farmacéuticas.

Publicadas el 15 de Enero de 2013

Disposición Nº 246/2013

Modifícanse los montos de los aranceles que devengarán las tramitaciones que se realicen ante la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica —Instituto Nacional de Alimentos (INAL)— correspondientes a productos alimenticios, suplementos dietarios, alimentos para propósitos médicos específicos, establecimientos, envases, importación/exportación, productos de uso doméstico (domisanitarios) y análisis de laboratorio, conforme el detalle que, como Anexo, forma parte integrante de la presente disposición.

Disposición Nº 241/2013

Modifícanse los montos de los aranceles que devengarán las tramitaciones que se realicen ante la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) correspondientes a los productos para diagnóstico de uso “in vitro”, las Disposiciones ANMAT Nros. 194/99, 2318/02, 2319/02, 806/07 y 824/12, los productos higiénicos, absorbentes y descartables, los estudios de investigación en Tecnología Médica y los certificados de libre sanción, conforme el detalle que, como Anexo, forma parte integrante de la presente disposición.

Novedades

Trazabilidad: Se Incorporan Más Especialidades Medicinales

Por medio de la Disposición Nº 247/2013, la ANMAT ha establecido que, a partir del 15 de junio de 2013, deben incorporarse al Sistema Nacional de Trazabilidad todas las especialidades medicinales que contengan alguno de los ingredientes farmacéuticos activos (IFA’s) incluidos en el anexo de dicha norma.

Acerca del Formaldehido en los Productos Regulados por la ANMAT

En el año 2004, el formaldehido fue declarado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como carcinogénico para el hombre. La ANMAT tomó oportunamente las medidas regulatorias necesarias en el ámbito de su competencia, prohibiendo su uso en productos domisanitarios y limitándolo en los productos cosméticos.

Sistema de Pago Electrónico de Aranceles

Se sugiere no ejecutar los VEPs confeccionados con anterioridad a la entrada en vigencia de las Disposiciones ANMAT Nº 101/2013, 241/2013 y 246/2013, ya que los mismos no contienen el importe del arancel vigente.

Doce provincias adhirieron al Sistema Nacional de Trazabilidad de Medicamentos que registró desde su implementación en abril de 2011, 18 millones de movimientos logísticos, un recurso que previene adulteraciones y ubica a la industria farmacéutica argentina en la vanguardia de la región.

Lea aquí el artículo completo.

Publicadas el 18 de abril de 2012

Disposición Nº 2035/2012

Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional la Resolución Mercosur GMC Nº 07/11 “REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE LISTAS DE SUSTANCIAS DE ACCIÓN CONSERVADORA PERMITIDAS PARA PRODUCTOS DE HIGIENE PERSONAL, COSMÉTICOS Y PERFUMES (DEROGACIÓN DE LAS RESOLUCIONES GMC Nº 05/99 Y Nº 72/00)” que se adjunta como anexo y forma parte integrante de la presente disposición.

Novedades

Alerta por Caso de Botulismo y Retiro del Mercado de Productos Alimenticios

La ANMAT informa a la comunidad acerca de la ocurrencia de un caso de botulismo alimentario en la localidad de Carcarañá, provincia de Santa Fe, presuntamente generado por el consumo del producto alimenticio…

Fortalecimiento en la acción intergubernamental del Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad

La ANMAT comunica que el Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad se encuentra trabajando en la tarea de fortalecer la interacción con distintos organismos gubernamentales. Esto permite la articulación de criterios de fiscalización de publicidad y su acción en conjunto ante publicidades engañosas.

Profundizan el Sistema de Control de Medicamentos con Segunda Etapa de Sistema de Trazabilidad

Con la medida, se avanza hacia una mayor seguridad de los medicamentos, no sólo controlando la cadena de comercialización, sino también mediante un sistema que asegure la inviolabilidad de los envases.

Programa de Residencias ANMAT 2012-2013

Esta Administración Nacional informa que ya está disponible la información correspondiente al “Programa de Residencias ANMAT 2012-2013”.

 

Publicadas el 29 de marzo de 2012

Disposición Nº 1831/2012

Sistema de Trazabilidad de medicamentos que deberán implementar las personas físicas o jurídicas que intervengan en la cadena de comercialización, distribución y dispensación de especialidades medicinales incluidas en el Registro de Especialidades Medicinales.

Publicadas el 27 de marzo de 2012

Disposición Nº 1682/2012

Apruébanse los requisitos y lineamientos que constan como Anexo de la presente disposición que forma parte integrante de la misma, sobre Aseguramiento de Calidad y Buenas Prácticas de Fabricación aplicables a Bancos de Sangre en su carácter de Establecimientos Proveedores de Plasma Humano como Material de Partida para la Producción de Hemoderivados.

Novedades

Con la medida, se avanza hacia una mayor seguridad de los medicamentos, no sólo controlando la cadena de comercialización, sino también mediante un sistema que asegure la inviolabilidad de los envases.

Programa de Residencias ANMAT 2012-2013

Esta Administración Nacional informa que ya está disponible la información correspondiente al “Programa de Residencias ANMAT 2012-2013”.

Convenio con Mercado Libre para Controlar la Venta de Productos por Internet

La ANMAT firmó un convenio de colaboración con la empresa Mercado Libre para controlar la venta por Internet de productos de competencia de esta Administración Nacional.

 

Publicada el 14 de marzo de 2012

Disposición Nº 8278/2011

Establécense las condiciones y colores que deberán llevar los rótulos de los envases primarios de las soluciones parenterales de electrolitos de pequeño volumen, de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo I de la presente Disposición.

Novedades

La provincia de Tucumán presentó su adhesión al Sistema de Trazabilidad de Medicamentos

El pasado 8 de marzo, mediante la Resolución Nº 147/2012, el Ministerio de Salud de la Provincia de Tucumán resolvió adherir al “Sistema de Trazabilidad de Medicamentos”, contemplado en la Disposición Nº 3683/11 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).

Segunda Jornada Nacional ANMAT Federal.El día 14 de marzo se realizó, en la Ciudad de Buenos Aires, la 2ª Jornada Nacional de ANMAT Federal.

Programa de Residencias ANMAT 2012-2013

Esta Administración Nacional informa que ya está disponible la información correspondiente al “Programa de Residencias ANMAT 2012-2013”.

Repelentes de Uso Humano: Nuevos Requisitos para su Autorización, Registro y PublicidadEl Ministerio de Salud de la Nación, a través de la Resolución 327/2012, publicada hoy en el Boletín Oficial, ha establecido una nueva regulación respecto de las actividades de elaboración, fraccionamiento, importación, depósito y comercialización de repelentes de uso humano en el territorio nacional.

El pasado 30 de junio se ha llevado a cabo en el auditorio del INaMe una jornada conjunta ANMAT- INSSJyP sobre la implementación del Sistema de Trazabilidad por unidad de medicamentos, encabezada por los Doctores Carlos Chiale y Luciano Di Cesare. La misma, tuvo por finalidad informar al personal de laboratorios y droguerías involucrado, los lineamientos técnicos e informáticos a tener en cuenta. Se presentó la guía técnica, a la cual puede accederse tanto desde la página web de  la ANMAT como desde la de PAMI.

El marco regulatorio del Sistema de Trazabilidad está dado por la Resolución M.S. 435/11 y la Disposición ANMAT 3683/11

Entre otros puntos dicha Disposición determina que:

El Sistema de Trazabilidad de Medicamentos que se deberá implementar en la cadena de comercialización, distribución y dispensación de especialidades medicinales incluidas en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) resultará de aplicación, en una primera etapa, a todas aquellas especialidades medicinales, ya registradas o que en el futuro se registren, que contengan en su composición los Ingredientes Farmacéuticos Activos (IFA’s) incluidos en el Anexo I de la norma, sea como monodroga o en asociación con cualquier otro u otros IFA’s.

Dicho Anexo incluye 88 principios activos entre los que se encuentran antineoplásicos, antirretrovirales, antihemofílicos, y activos para otras patologías complejas.

El Sistema de trazabilidad establecido, deberá encontrarse implementado para la totalidad de las especialidades medicinales enunciadas, con el alcance y según el siguiente cronograma:

Etapa I: Para productos críticos:

•         Desde Laboratorio hasta droguería hasta seis meses a partir del 15/06/2011;

•         Desde droguería hasta farmacia hasta seis meses a partir del 15/06/2011.

Etapa II: Validación del Sistema:

•          Desde Laboratorio titular distribuidora→droguería→farmacia/establecimiento asistencial→paciente  hasta doce meses a partir del 15/06/2011

Los laboratorios titulares de certificados de Registro de las Especialidades Medicinales deberán colocar en el empaque de cada una de las unidades de venta al público, un soporte o dispositivo con capacidad para almacenar un código unívoco fiscalizado y auditado por la ANMAT, que contenga la siguiente información:

a)    Código comercial del producto (Global Trade Item Number-GTIN)

b)    Número de serie

Las droguerías que inicien la trazabilidad, deberán identificar los empaques (unidades de venta al público), con los siguientes códigos:

a)    GLN (Global Location Number) de la droguería

b)    Número de serie

Los laboratorios y las personas que intervengan en la cadena de comercialización, distribución y dispensación de las especialidades medicinales alcanzadas por la Disposición, deberán, para poder comercializar, distribuir y dispensar las mismas, sin excepción, contar con los elementos de hardware y software apropiados para capturar el código unívoco y asociar al mismo los siguientes datos de distribución:

a)    Número de Lote

b)    Fecha de vencimiento

c)    Código del destinatario (CUIT, Global Location Number-GLN, etc.)

En el caso de provisión a pacientes, la farmacia o establecimiento asistencial proveedor deberá consignar que la entrega fue efectuada a un paciente, omitiendo sus datos personales por cuestiones de reserva y confidencialidad

Cada establecimiento involucrado en la cadena de producción, y/o importación, comercialización, distribución y dispensación de las especialidades medicinales alcanzadas por la Disposición deberá implementar un Sistema de trazabilidad en cuya Base de Datos se almacene la información mencionada.

Los establecimientos que incorporen los soportes o dispositivos físicos para identificar unívocamente las especialidades medicinales alcanzadas por la presente disposición, deberán garantizar que el mismo no pueda ser removido sin dejar una marca evidente en el empaque, que permita advertir que este último ha sido violado, o que sin haber mediado esta última circunstancia, impida su lectura por medio electrónico.

Los laboratorios titulares de certificados de Registro de Especialidades Medicinales inscriptas en el REM involucradas en esta Disposición y las droguerías deberán informar a la ANMAT, en tiempo real, los códigos unívocos asignados a productos y sus movimientos logísticos con la fecha correspondiente a cada uno de ellos, en forma cifrada para el debido resguardo y seguridad de la información. Esta información será almacenada en un Sistema de Base de Datos Central administrado por la ANMAT, el que será operado por las entidades públicas o privadas, idóneas en la materia que la ANMAT determine y a la que sólo tendrá acceso el personal especialmente autorizado por la autoridad máxima de esta ANMAT al sólo efecto de fiscalizar los movimientos logísticos

Los sucesivos establecimientos que intervengan en la cadena de comercialización, distribución y dispensación deberán informar asimismo los movimientos logísticos en los que intervengan y sus fechas.

En todo momento se destacó que este Sistema no sólo está limitado a la cadena de comercialización, sino que está orientado a políticas de Salud Pública.

Para obtener más información: www.anmat.gov.ar